martes, 3 de enero de 2012

Cohetes en Nochevieja.

NR: ATEA




1.- Presentación del caso.





La Asociación para un Trato Ético con los Animales (ATEA) nos plantea un Queja en relación con la práctica social que se ha ido introduciendo en nuestra ciudad de festejar las fiestas de fin de año, especialmente la Noche Vieja, con el estallido de “miles de artefactos, con la consiguiente y objetiva molestia que supone para no pocos ciudadanos y ciudadanas, quienes aún comprendiendo tal comportamiento en determinadas circunstancias como las festivas, discrepan tanto en el fondo como en la forma.”



El momento preferido para el uso de dichos explosivos suele ser precisamente el instante simbólico en el que el reloj da las 12 de la noche, muere el año viejo y nace el nuevo año.



En ATEA acepta sin embargo que en fechas señaladas se quiera manifestar júbilo mediante estos efectos pirotécnicos, pero le resulta más difícil aceptar que tal comportamiento no se atenga a ciertos límites razonables, como los que competen al horario. “



2.- Análisis del caso.



Nuestra ciudad no tiene aprobada una Ordenanza de Convivencia ciudadana que regule con carácter general todos los aspectos que derivan de la necesidad de exigir un comportamiento cívico en el uso de los espacios públicos, pero hay una competencia general en relación con las actividades peligrosas, molestas y peligrosas que se tradicionalmente se suelen recordar mediante Bandos de Alcaldía.



Como referencia y precedente aportamos los Bandos de Alcaldía que anualmente suelen preceder a los Fiestas de la Blanca en los que el Sr. Alcalde establece:



“Dado que determinados elementos de pirotecnia, además de general sobresalto e incomodo, producen ocasionalmente graves accidentes que a veces llegan a ser mortales, queda prohibida, salvo autorización expresa, la quema de elementos pirotécnicos, el disparo de cohetes y lanzamiento de petardos, garibaldis, corchos detonantes, bombitas japonesas, fulminantes, bengalas con palillo o alambre, y cualquier otro elemento de pirotecnia que utilice mezclas explosivas.”(Bando 2011)





Si este criterio es válido para las fiestas patronales de la Virgen Blanca, en estricta congruencia debe serlo también en relación con las fiestas navideñas y de año nuevo. Entendemos por lo tanto que la sugerencia de la Asociación para el Trato Ético con los Animales está bien razonada y debe ser acogida favorablemente.





3.- RECOMENDACIÓN



Por todo lo expuesto venimos a RECOMENDAR al Sr. Alcalde la promulgación de un Bando navideño que exprese los sentimientos propios de estas fiestas tan arraigadas en nuestra conciencia colectiva con los recordatorios de interés y PROHIBA el uso de elementos pirotécnicos con carácter general durante estas fiestas con la única excepción del momento simbólico que marca el tránsito entre el viejo y el nuevo año, entre las 24:00 horas y las 00:15 de la madrugada del día 31 de diciembre al 1 de enero..



En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2011.



Javier Otaola.- Síndico-Herritarren Defendatzailea.

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